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Argentina se prepara para promulgar la ley que permite a los usuarios inyectar energía renovable a la red eléctrica

Diputados de diferentes partidos avanzaron en la redacción de un texto consensuado que permita sancionar la norma. A mediados del mes de agosto se transformaría en ley nacional.

Diputados de diferentes partidos avanzaron en la redacción de un texto consensuado que permita sancionar una ley clave para mejorar el sistema energético, dado que habilitará a los usuarios que generen energía renovable a inyectar el excedente que produzcan en la red de distribución donde tengan contratado su servicio.

El texto, contemplado en un borrador de dictamen, fue alcanzado en base a los proyectos promovidos por los legisladores Juan Carlos Villalonga, de Cambiemos, el justicialista Néstor Tomassi, el massista Gustavo Bevilacqua y el kirchnerista Luis María Bargeggia, con los aportes realizados por distribuidas y cooperativas.

El consenso fue además producto de conversaciones con funcionarios del Ministerio de Energía e incluso su titular, Juan José Aranguren, manifestó hace unos días la voluntad del Gobierno de implementar el sistema de generación distribuida en 2018.

Villalonga, ex director de Greenpeace Argentina y diputado macrista, aseguró que “se está trabajando políticamente en la cámara y los con los funcionarios del Ministerio de Energía codo a codo para que la ley se pueda aprobar previo a las elecciones de octubre”.

“Este proyecto es el primer paso en una revolución en materia de distribución energética, después de esto viene la redes inteligentes y el sistema de precios diferenciados, para permitir que se consumen en horarios mas baratos y almacenar con las nuevas tecnologías en los momentos de menor consumo para inyectarlos en la red”.

La comisión de Energía y Combustibles, que conduce el kirchnerista Julio de Vido, ya acordó incluir este proyecto en la agenda de iniciativas que se debatirán en las próximas semanas junto con la de Presupuesto, con vistas a emitir un dictamen que se buscará aprobar antes de las elecciones legislativas de octubre.

El proyecto

El dictamen consensuado señala que el objeto de la ley es permitir a los usuarios de la red eléctrica generar energía renovable “para su autoconsumo, con eventual inyección de excedentes a la red” y establece “la obligación de los prestadores del servicio público de distribución de facilitar dicha inyección, asegurando el libre acceso a la red de distribución”.

El proyecto que declara de interés nacional la generación distribuida tiene como meta la eficiencia energética, la reducción de costos para el sistema eléctrico en su conjunto, la protección ambiental y la protección de los derechos de los usuarios.

A este sistema solo podrán acceder los usuarios, cooperativas o Pymes del mercado de la electricidad ya que se prohíbe beneficiarse con los grandes clientes del renglón mayorista o de los agentes distribuidores con demandas de potencia iguales o mayores a trescientos kilovatios (300 KW).

El texto acordado establece todos los usuarios de la red de distribución tendrán derecho a instalar equipamiento para la generación distribuida de energía eléctrica a partir de fuentes renovables hasta una potencia equivalente a la que éste tiene contratada del distribuidor para su demanda.

En caso de que este cliente quiera instalar una potencia mayor a la que tenga contratada para su demanda deberá solicitar una autorización especial ante el distribuidor.

También se creará un fideicomiso para poder solventar la asistencia técnica a los usuarios de la red eléctrica que quieran instalar sistema de generación de energía renovable para generación distribuida, que será solventado con el 3 por ciento del precio estacional que paguen los distribuidores y grandes usuarios en su carácter de compradores del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) por kilovatio hora.

En ese sentido establece que los recursos de eso fondo se utilizarán para el otorgamiento de préstamos, incentivos, garantías, la realización de aportes de capital y adquisición de otros instrumentos financieros, todos ellos destinados a la ejecución y financiación de proyectos aprobados de generación distribuida a fin de hacer posible la compra e instalación de bienes de capital.

Para la instrumentar este sistema será clave su reglamentación, razón por la que a medida que avance su debate parlamentario los diputados pedirán que el Ministerio de Energía avance en su estudio para que este sistema se aplique en 2018.

Este punto es clave porque en la reglamentación se establecerán diferentes categorías de usuario-generador en función de la magnitud de potencia de demanda contratada y capacidad de generación a instalar.

Además, se fija que a partir del año de la reglamentación de la ley será obligatoria la incorporación de sistemas de generación distribuida de fuentes renovables en toda nueva construcción de edificios públicos y establecimientos de utilidad pública de todo tipo.

En cuanto al esquema de facturación, se fija que “cada distribuidor efectuará el cálculo de compensación y administrará la remuneración por la energía entregada a la red producto de la generación distribuida de energía eléctrica a partir de fuentes renovables y enviará al usuario-generador la tarifa de inyección por cada KWh.

El valor final a pagar por el usuario-generador será el cálculo neto entre el valor monetario de la Energía Demandada y el de la Energía Inyectada.

En el caso que el usuario-generador sea un consorcio de copropietarios de propiedad horizontal o conjunto inmobiliario, el crédito será de titularidad de dicho consorcio de copropietarios o conjunto inmobiliario.

A lo largo del proyecto se dispone que el distribuidor no podrá añadir ningún tipo de cargo adicional por mantenimiento de red, peaje de acceso, respaldo eléctrico o cualquier otro concepto asociado a la instalación de equipos de generación distribuida.

Fuente: www.telam.com.ar

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